Residencia Permanente. Ajuste de Estatus. ¿Cuánto cuesta?
Hemos preparado esta nota para que conozcas cuánto cuesta en realidad un trámite para migrar a Estados Unidos y sepas elegir un abogado de migración que te represente
Una de las vías más rápidas para adquirir la residencia permanente estando dentro de EUA es la solicitud de Ajuste de Estatus (Adjustment of Status). Para entender más este proceso, vamos a definir, primero, quiénes pueden y quiénes no pueden ajustar estatus, es decir, quién puede solicitar la residencia permanente estando dentro de EUA y quién debe solicitarla vía consular en Cd. Juárez, Chihuahua en el caso de México y, posteriormente, determinaremos cuánto es lo que cuesta tal trámite.
El sistema migratorio de los Estados Unidos divide a las categorías de parentesco familiar en dos ramas principales: Familiares Inmediatos y Categorías Preferenciales.
Familiares Inmediatos 1. Cónyuges de Ciudadanos Americanos (incluyendo parejas del mismo sexo)
2. Hijos solteros menores de 21 años de edad de ciudadanos americanos
3. Hijastros solteros menores de 21 años de edad de ciudadanos americanos (siempre y cuando el matrimonio que dio origen a la relación se haya celebrado antes de que el hijastro cumpliera 18 años de edad)
4. Padres de Ciudadanos Americanos mayores de 21 años.
Las categorías preferenciales 1. Hijos casados mayores de 21 años de ciudadanos americanos
2. Cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de residentes permanentes
3. Hijos solteros mayores de 21 años de residentes permanentes
4. Hijos casados de ciudadanos americanos5. Hermanos de ciudadanos americanos (estos deben tener 21 años o más)
Nótese que no hay categoría para hijos casados de residentes permanentes. Si un hijo de un residente permanente se casa mientras está en proceso esperando su residencia, ya no califica.
Entonces, ¿quiénes pueden ajustar estatus? En general, todas las categorías de familiares inmediatos de ciudadanos americanos. También, podrán ajustar estatus quienes se encuentren legalmente en EUA y ya tengan una petición aprobada y haya una visa disponible, es decir, si la fecha de prioridad de su petición ya está actualizada de acuerdo al boletín de visas que publica el Departamento de Estado cada mes. Los prometidos y prometidas de ciudadanos americanos (Visa K) también podrán solicitar ajuste de estatus una vez ingresen a EUA con su visa vigente y hayan contraído matrimonio dentro de los 90 días siguientes a su entrada. Pueden ajustar estatus, los hijos del prometido(a) que ingresen también con visa K al mismo tiempo, siempre y cuando sean menores de 18 años. Parejas del mismo sexo también califican para obtener una visa K de prometido(a) (Fiancé Visa).
¿Quiénes no pueden ajustar estatus? En general, todas las categorías preferenciales no pueden ajustar estatus de manera inmediata. En estas categorías, hay una espera de varios meses o años, según sea el caso, antes de que el familiar pueda migrar. Se recomienda ver el Boletín de Visas si usted ya cuenta con una petición presentada por un familiar. Tampoco, en general, pueden ajustar estatus, los extranjeros que hayan ingresado al país de manera ilegal, es decir, sin documentos y sin inspección, o lo que llaman coloquialmente "de mojados". Aquellos que tengan antecedentes penales, violaciones a las leyes migratorias, deportaciones, cancelaciones de visas o hayan permanecido ilegalmente en el país, se les recomienda consultar a un abogado antes de iniciar cualquier proceso. Los familiares inmediatos de ciudadanos americanos no pueden solicitar ajuste de estatus si no tienen visa de no-inmigrante (visa laser, de turista, de trabajo, inversionista, etc.) que les permita ingresar a EUA de manera legal.
¿Cuánto cuesta la residencia permanente mediante ajuste de estatus?
$535 Petición
$1140 Solicitud de Ajuste de Estatus ($750 menores solicitando al mismo tiempo que un adulto)
$85 Biométricos (solo para solicitantes entre 14 y 78 años de edad)
$0 Permiso de trabajo
$0 Affidavit of support (carta de sostenimiento)
Una vez aprobada la residencia permanente, el solicitante deberá realizar el pago de $220 USD como cuota de expedición de tarjeta al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EUA (USCIS). NOTA: Las cantidades indicadas corresponden a los derechos que se deben pagar al gobierno de Estados Unidos en dólares americanos. Dichas cantidades son fijadas por la misma autoridad federal y están vigentes a la fecha de publicación de esta nota. Fuente www.uscis.gov.
Se deben considerar algunos otros gastos que pudieran incurrir tales como derechos de pasaporte, copias certificadas, exámenes médicos, fotografías, honorarios de abogado, traducciones, copias, etc.
"Para saber si usted o uno de sus familiares califica para obtener la residencia permanente por medio de ajuste de estatus, así como para saber cuánto deberá usted pagar de derechos y honorarios, sugerimos consultar a un abogado de inmigración."
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